Funciones y Requisitos
Proceso Disciplinario

Nombramiento

Principales pasos para la selección de jueces y juezas del Poder Judicial de la Ciudad.

  1. Convocatoria a Concurso Público


    El Consejo de la Magistratura, por intermedio de la Comisión de Selección, llama a Concurso Público especificando la cantidad de vacantes por cargo y fuero; la integración del Jurado; la modalidad del concurso y la fecha de inicio y cierre de la inscripción. Para la convocatoria se publica un edicto en el Boletín Oficial de la Ciudad, en dos diarios de circulación masiva, en carteleras del Poder Judicial y en la web del Consejo.
  2. Inscripción


    Se inicia vía web en un formulario donde el postulante volcará toda su información, la cual queda disponible para los concursos actuales y futuros, ya que con su usuario podrá acceder todas las veces que desee. La inscripción se completa entregando la documentación esencial en la Secretaría de la Comisión de Selección adjuntando en soporte digital la documentación escaneada que subió al formulario web. Terminado este período se da a conocer el listado de postulantes a través del sitio web del Consejo de la Magistratura.
  3. Evaluaciones y comunicación del resultado


    Se fija fecha de evaluación escrita y oral. Luego, se lleva a cabo una entrevista personal pública, a la que se invita a miembros de otras dependencias relacionadas con el cargo a cubrir, asociaciones de magistrados/as, abogados/as y asociaciones gremiales. Se evalúan antecedentes y también se realiza una evaluación psicofísica. Luego, se publican los resultados en el sitio web del Consejo.
  4. Impugnación de los resultados


    Los concursantes podrán impugnar por escrito las calificaciones obtenidas y para ello participarán de una audiencia de carácter público que será filmada. 
  5. Resolución de impugnaciones y orden de mérito


    En el plazo máximo de 10 días de realizada la Audiencia, la Comisión de Selección emitirá un dictamen en el que considerará las impugnaciones de los/las concursantes y sus antecedentes a los fines de confeccionar el Orden de Mérito Provisorio. Luego, elevará las actuaciones al Plenario que tendrá un máximo de 10 días para resolver las impugnaciones y realizar el Orden de Mérito Definitivo o, de corresponder, dejar sin efecto el concurso. La decisión será publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad y en la web del Consejo de la Magistratura y será irrecurrible en sede administrativa.
  6. Envío a la Legislatura


    El Plenario remitirá a la Legislatura de la Ciudad la propuesta de designación para cubrir el/los cargos de la convocatoria. 
  7. Legislatura


    La propuesta del Consejo de la Magistratura para designar a los jueces y juezas requiere del voto de la mayoría absoluta de la Legislatura. En caso de que la Legislatura rechace al candidato propuesto, el Consejo propone a otro aspirante. La Legislatura no puede rechazar más de un candidato por cada vacante a cubrir. Debe pronunciarse dentro de los 60 días hábiles, excluido el receso legislativo. Si vencido ese plazo no se hubiere pronunciado, se considera aprobada la propuesta.
  8. Asunción


    Los jueces asumirán su cargo jurando desempeñar sus funciones de conformidad con lo que ordena la Constitución Nacional, la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las leyes nacionales y locales.

Jura de magistrados